El pasado 10 de junio se publicó en el Portal de Transparencia el borrador del Real Decreto que aprobará el Reglamento de la Ley de Transparencia. Un documento instrumental para la aplicación diaria de la ley que llega con más de un año y medio de retraso respecto a la aprobación de la norma, con seis meses de retraso respecto a su entrada en vigor, y que las organizaciones de la sociedad civil que trabajamos para promover una transparencia eficaz y verdadero acceso a los datos públicos solicitábamos conocer desde hace mucho tiempo.

Hemos compartido con el Ministerio de Presidencia nuestras recomendaciones sobre este documento. La primera de ellas, y la más importante, que este tipo de documentos sean puestos en consideración de la ciudadanía en general mediante un proceso formal de consulta pública, mucho más abierto que el llevado a cabo en esta ocasión, y que permitiría que todos pudieran participar aportando ideas y sugerencias en igualdad de condiciones.

A nuestro juicio, este borrador no solo no despeja muchas de las dudas que ya generaba el texto de la Ley de Transparencia, sino que además alienta otras. Y es que, además de no incorporar los procedimientos necesarios para reducir al arbitrariedad en los tiempos de respuesta que afectan al derecho de acceso,** el reglamento establece **más exigencias para el solicitante de información y más límites a la transparencia de los que ya incorporaba la propia ley.

Las recomendaciones que hemos remitido a Presidencia.